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Ingresó al Concejo Deliberante rosaleño un proyecto de ordenanza que contempla eximir, durante todo el período fiscal 2026, del pago del Derecho de Publicidad y Propaganda a todos los contribuyentes alcanzados por este tributo en el partido de Coronel Rosales.
“Hoy nuestros comerciantes, emprendedores y prestadores de servicios hacen un enorme esfuerzo para sostener sus negocios y conservar las fuentes de trabajo. El Estado municipal debe acompañarlos con medidas concretas que reduzcan la presión tributaria, no seguir incrementando sus costos. Este proyecto busca dar un alivio real a quienes todos los días invierten y apuestan por Coronel Rosales”, explicó el concejal Carlos Gabbarini, del bloque Potencia, autor de la iniciativa.
La presentación “surge como una medida de alivio fiscal destinada a acompañar a los comercios, industrias, prestadores de servicios y emprendedores locales que continúan atravesando un complejo escenario económico, caracterizado por la caída del consumo, la disminución de las ventas y el incremento de los costos operativos”.
En los fundamentos del proyecto se destaca que “la publicidad comercial constituye una herramienta indispensable para que los establecimientos puedan identificarse, promocionar sus productos y servicios y atraer nuevos clientes”.
En ese sentido, sostienen que “gravar esta actividad en el actual contexto económico implica aumentar los costos fijos de quienes generan empleo e invierten en el distrito”.
Asimismo, los concejales Carlos Gabbarini y Andrea Vogel remarcaron que la reducción de la presión tributaria “no debe interpretarse únicamente como una disminución de los ingresos municipales, sino como una inversión destinada a fortalecer el entramado productivo local, preservar las fuentes de trabajo y favorecer el crecimiento de la actividad económica”.
El proyecto también contempla que aquellos contribuyentes que ya hubieran abonado total o parcialmente este derecho durante el ejercicio 2026 no pierdan ese beneficio. Para ello, se faculta al Departamento Ejecutivo Municipal a reimputar los importes abonados a cuenta de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene o de la Monotasa Municipal, según corresponda.