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POLICIALES | NOTICIA FECHA: 12/08/2024
“Casa del terror”

El fiscal expresó insatisfacción con la absolución de la abuela aunque destacó la labor del jurado

El fiscal expresó insatisfacción con la absolución de la abuela aunque destacó la labor del jurado
CRÉDITO FOTO: Prensa Fiscalía General

El sábado a la noche el jurado popular declaró culpables de abusos al padre de dos niñas y al padrino de una de ellas. No prosperaron las acusaciones por prostituir a las menores y la abuela fue exculpada.

El fiscal Marcelo Romero Jardín se refirió a las complejidades probatorias que enfrentó durante el juicio por jurados en el caso de la “Casa del Terror”.

Destacó que, como es característico de estos procesos, la fiscalía debe convencer a 10 de los 12 integrantes del jurado para lograr una condena, mientras que la defensa solo necesita persuadir a cuatro. Y que a pesar de esta diferencia, “se lograron condenas en cuatro de los seis delitos imputados”.

El fiscal explicó que la dificultad que significa reunir pruebas varios años después de cometidos los supuestos por someter a la prostitución a las menores y en las características especiales que tiene el juicio por jurado (derecho que tienen los imputados para elegir) fue determinante para no lograr el objetivo de reunir el voto condenatorio de al menos 10 de los ciudadanos que integraron el jurado.

Cabe recordar que el jurado popular definió el sábado a la noche, una vez que concluyeron los testimonios en el juicio, que el padre de las dos niñas y el padrino de una de ellas eran culpables de los graves delitos.

Mientras tanto, consideraron no culpable a la abuela (acusada de prostituir a sus nietas a cambio de dinero) y no hubo acusación fiscal para un tío sospechado de los abusos.

"Fue un juicio complicado en todo sentido, por la temática y las pruebas de algunos hechos. Es muy difícil de acreditar porque la denuncia se hizo en 2020 y el principal periodo de los hechos fue entre 2011 y 2014. Si la denuncia se hubiese hecho en 2015, se hubieran tenido otras pruebas importantes", explicó el fiscal Marcelo Romero Jardín.

"El juicio tradicional es diferente, es otro sistema de apreciación de la prueba. Se trata de la sana crítica razonada del juez técnico, quien tiene que fundamentar y tiene que decir por qué toma una prueba o la desecha. Aquí (en los juicios por jurados) no hay fundamento alguno. Es con lo que se ve en la audiencia. Lo que no se presenta en el juicio no es materia de análisis. Deciden solo en base al sentido común", comparó.


También explicó que en los juicios por jurados (para este tipo de delitos) el acusador debe obtener 10 de 12 votos de los jurados para la condena, mientras que a la defensa le alcanza con convencer solo a 4.

"Por supuesto que no (estamos satisfechos). Para nosotros estaba acreditada la participación de la abuela, pero son las reglas de juego", dijo.

 

"Jurado responsable"

De todas maneras, consideró que el jurado "fue responsable y se tomó el asunto muy en serio".

"En todo momento tomaban nota de los testimonios brindados y siento que terminó un sábado a la noche, tarde, se tomaron el tiempo para deliberar. En determinado momento se estancó, quiere decir que estaban en 9 votos sobre alguna cuestión, quiere decir que fue una discusión responsable", sostuvo.

Respecto del tío, a quien la fiscalía desistió de acusar en el juicio, Romero Jardín respondió que "en el juicio no se pudo acreditar fehacientemente que estuvo en Punta Alta entre 2011 y 2014, que fue el periodo en el cual se habría desarrollado el hecho imputado".

La condena a los dos acusados declarados culpables será fijada por la jueza técnica Claudia Fortunatti, una vez que tome parte de la audiencia de cesura con el fiscal y los defensores.

FUENTE: El Rosalenio, La Nueva Y Canal 7
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