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En el marco de un juicio realizado en el Tribunal Criminal 1, el Juez, Dr Ricardo Gutiérrez, condeno a una mujer que se desempeñaba como agente de la Municipalidad de Bahía Blanca, siendo enfermera de la Unidad Sanitaria del barrio Napostá acusada de venta de sustancias medicinales, sin autorización, ejercicio ilegal de la medicina, y peculado en concurso ideal con delitos de estafa y violación de los deberes de funcionario publico.
Se trata de Rosana Elizabeth Rivas quien fue condenada a tres años de prisión, de manera condicional, mas inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos publicos y reglas de conducta a cumplir durante tres años.
A Rivas se la responsabilizó de 6 (seis)hechos por la que fue llevada a debate.
*18 de enero de 2013 y 18 de febrero de 2013 le aplico a la menor MDR en cada una de dichas jornadas sendas dosis de vacunas contra el virus del papiloma Humano cuyo suministro no corresponde, ya que la menor no estaba en el rango etario correspondiente, y no presentaba patologia que justificara la apliccion. Ademas cobro una suma indeterminada a su madre.
*17 enero 2013 y 17 de mayo del mismo año le aplico a MR tres dosis de la vacuna contra la Hepatitis B, por dicha aplicación le cobro una suma indeterminada.
*3 de abril de 2018 y 3 de junio del mismo año aplico a la menor LDR dosis d ela vacuna Prevenar 13 cuyo suminoistro no corresponde al rango etario y no presentaba patología. Ademas en ninguna de las oportunidades requirió orden médica, cobro en forma indebida y recibió el dinero.
*31 marzo de 2017 le palico a MP la vacuna Menveo cuyo suministro no correspondia al grupo a grupo etario, tampoco solicitó orden médica y cobro dinero a la madre de la menor.
*23 febrero de 2018 le aplico a ML la primera dosis conta el virus Hepatitis A, sin orden y cobrando por la misma.
*28 Noviembre 2017 y 31 mayo 2018 aplicó a CG. dosis de vacunas contra la Hepatitis A sin orden médica y cobro indebido de $900 por la segunda dosis.
Para concretar las aplicaciones Rivas, sustraía de la Unidad Sanitaria a su cargo las dosis a inyectar, cuya custodia le había sido confiada para aplicación a las personas que por rango etario o salud correspondiera.
Mas allá de la condena, el Juez fijo reglas que deberán ser cumplidas de lo contrario podría ser detenida. Se destaca fijar residencia, someterse al patronato de Liberados, y realizar trabajos no remunerados en favor de instituciones de bien público hasta alcanzar 300 horas, según lo dispone el articulo 27Bis del Código Penal.