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POLICIALES | NOTICIA FECHA: 04/03/2026

Condenaron a Damiani por falso testimonio agravado pero no irá a la cárcel

Condenaron a Damiani por falso testimonio agravado pero no irá a la cárcel

El juez Ricardo Gutiérrez le impuso una pena de 3 años de prisión en suspenso a la consejera escolar bahiense Fiorella Belén Damiani por falso testimonio agravado, con lo cual la joven seguirá en libertad. La mujer acusó falsamente de violación a dos jóvenes puntaltenses en el año 2017.

La condena es de ejecución condicional. La lectura del fallo se realizó este mediodía en Bahía Blanca, a través de la secretaría del Tribunal en lo Criminal Nº 1, con lo cual la imputada no estuvo presente.

El juicio se inició tras la reactivación de una causa que se remontaba a 2017, cuando Damiani denunció ante la Justicia haber sido abusada sexualmente por Joaquín Álvarez y Fernando Pereyra en Punta Alta.

Sin embargo, esa acusación fue posteriormente desmentida por una serie de videos incorporados al expediente por la defensa, en los que se observaba que el encuentro había sido consensuado.

A partir de ese material, los jóvenes puntaltenses fueron sobreseídos y la investigación avanzó en contra de Damiani por haber brindado información falsa bajo juramento ante la Justicia.

Durante el debate oral declararon testigos y peritos, y se exhibieron cuatro registros audiovisuales considerados clave para el desarrollo del proceso. Ese material fue reproducido sin la presencia de Damiani, quien manifestó su desacuerdo con la decisión del tribunal y optó por retirarse de la sala antes de que se proyectaran.

En sus alegatos, la Fiscalía sostuvo que la prueba reunida resultaba concluyente y había solicitado una pena de 9 años de prisión efectiva, mientras que la defensa intentó restar relevancia al contenido de los videos incorporados al expediente.

Finalmente, los jueces resolvieron condenarla como autora penalmente responsable del delito de falso testimonio agravado previsto en el artículo 275 del Código Penal, al considerar que su declaración falsa se produjo en el marco de una causa criminal.

Además de la pena de 3 años de prisión en suspenso, el tribunal dispuso una inhabilitación especial por el doble del tiempo de la condena para declarar como testigo en procesos judiciales.

La sentencia también estableció reglas de conducta por el mismo plazo de la pena, entre ellas constituir y mantener actualizado su domicilio y someterse al control del Patronato de Liberados correspondiente a su lugar de residencia, bajo apercibimiento de revocarse la condicionalidad de la pena en caso de incumplimiento. Asimismo, la condena fue impuesta con costas.

FUENTE: Con Información De ANJ, La Brújula Y Canal 7
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