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El gobierno reglamentó la ley Nacional de Receta Electrónica, que entrará en vigencia a partir del 1º de julio, con el objetivo de modificar el modo en el que se prescriben medicamentos en todo el país, así como también estudios y prácticas ordenadas por profesionales de la salud, que históricamente se realizaban en papel.
La modificación fue reglamentada a través del decreto N°345/202 y a partir de julio correrá un plazo de 180 días en el que se deberán adaptar todos los sistemas y registros de todo el país para garantizar la implementación de las recetales electrónicas. Hasta diciembre serán válidas aquellas que hayan sido realizadas en papel.
Según se informó oficialmente, para facilitar el proceso de implementación el Ministerio de Salud de la Nación creará el Registro Nacional de Plataformas Digitales Sanitarias (ReNaPDiS) que unifica el registro de todas las plataformas existentes con el objetivo de mejorar los procesos de modernización e interoperabilidad entre sistemas. Esto implica la correcta adopción de buenas prácticas definidas por los equipos técnico-sanitarios.
Con relación a la calidad de los datos, se actualizó el registro de profesionales de la salud inscriptos en el Sistema Integrado de Información Sanitaria Argentino (SISA); y se puso a disposición un procedimiento de carga masiva, para que las jurisdicciones tengan actualizada la información de los profesionales matriculados y habilitados para ejercer, de modo que puedan ser validados para prescribir recetas electrónicas.
Desde ahora comienza una instancia de adecuación. Por un lado, se iniciará la adhesión sucesiva de las provincias conforme se incorporen a esta modalidad de prescripción. Por otro, las plataformas deberán inscribirse en el ReNaPDiS, y, de ser necesario, tendrán que adaptar sus sistemas para cumplir con los requisitos estipulados dentro del cronograma establecido.
Durante la etapa de adhesión y registración, las plataformas de recetas electrónicas que funcionan en la actualidad pueden continuar emitiendo recetas mientras completan el trámite en el ReNaPDiS. Una vez inscriptas, cada receta estará identificada con un código que permitirá verificar su unicidad en todo el país. Este identificador asegura la transparencia en la dispensa tanto para los pacientes como para los demás actores.
Como en todo proceso de digitalización de la información y a fin de garantizar el acceso a la salud, las implementaciones de sistemas digitales -y en este caso de recetarios electrónicos- deben contemplar un soporte alternativo para situaciones de contingencia o fuerza mayor.
Durante el período de registración de las plataformas, los profesionales que no cuenten con recetarios electrónicos podrán confeccionar recetas en papel y con ellas las personas podrán obtener sus medicamentos en una farmacia como hasta ahora. Y una vez que la totalidad de las plataformas estén inscriptas, esta modalidad permanecerá como condición de excepción en zonas de difícil acceso o sin conectividad.
Las farmacias seguirán aceptando las recetas de acuerdo con el cronograma establecido en el ReNaPDiS. Esto incluye tanto a las recetas emitidas en papel como a aquellas realizadas a través de plataformas habilitadas o en proceso de adecuación.
Para acompañar la gestión de cambio en la implementación de la receta electrónica y cumplir con los plazos establecidos, es fundamental el rol activo de las cámaras, colegios, entidades y el conjunto de actores vinculados a la prescripción y dispensa de medicamentos para dar celeridad en los procedimientos de estandarización y readecuación de las plataformas digitales.
Según argumentaron, la receta electrónica es más segura y eficiente para la prescripción en virtud de los estándares de calidad definidos. Destacaron que garantiza que su emisión sea realizada por un profesional en ejercicio matriculado y habilitado; facilita la trazabilidad del circuito de prescripción y entrega, simplificando las instancias administrativas; y brinda herramientas a los profesionales para tomar mejores decisiones de tratamiento.
Durante todo el circuito, además, resguarda la identidad de los pacientes y protege su información personal, ofreciendo una mejora sustancial en la calidad de la prestación de servicios de salud a la población.
Adhesión, registración y adecuación
Para la adhesión, registración y adecuación el Plan contempla un plazo de 180 días (en los próximos días saldrá por disposición publicada en el Boletín Oficial). Para garantizar la continuidad de acceso a los servicios de salud, en el proceso de implementación de receta electrónica se prevé una instancia para la readecuación de las plataformas digitales.
Instructivos para profesionales y farmacias
A partir de la publicación de la disposición, estará disponible en el sitio web oficial del Ministerio los Instructivos para profesionales y farmacias, donde podrán encontrar toda la información detalla sobre la implementación de la receta electrónica y los procesos de registración.
Coordinación de salud
La cartera sanitaria trabaja con los Colegios y Cámaras del sector, el Pami y la Superintendencia de Servicios de Salud (pami, obras sociales y Prepagas ya vienen implementando modalidades de receta electrónica). Además, se convocó a los ministros de Salud provinciales este lunes 24 para la coordinación del plan de implementación.