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GREMIALES | NOTICIA FECHA: 29/06/2018
Fue a partir de una presentación de la FESIMUBO

Fallo de la corte pone freno al límite en paritarias municipales

Fallo de la corte pone freno al límite en paritarias municipales

La Corte Suprema bonaerense hizo lugar a la cautelar de la federación y declaró inconstitucional parte del decreto de 2016 de la gobernadora Vidal, que intentó reglamentar la ley 14.656. El máximo tribunal consideró “verosímil” el planteo de los gremios, que denunciaron que el decreto “modificaba el espíritu de la ley”. Ahora reclaman una mesa de diálogo para poner en plena vigencia la normativa.

Hace casi dos años, en julio de 2016, la gobernadora bonaerense, María Eugenia Vidal, firmó el decreto 784, por el cual reglamentó parte de la ley 14.656. Entre otras cosas, dio un plazo mayor a los intendentes para que se adhieran a la normativa, aprobada a fines del 2014 luego de una larga lucha de los municipales. Cuando se conoció la medida, desde la Federación de Sindicatos Municipales Bonaerenses (Fesimubo) la rechazaron, ya que aseguraron que modificaba el espíritu de la ley, la cual, entre otros beneficios, crea la instancia de paritarias en las comunas y los convenios colectivos de trabajo locales.

El reclamo de la federación que lidera Rubén “Cholo” García obtuvo el visto bueno de la Corte Suprema de Justicia provincial, que considera “verosímil” el pedido de la entidad gremial. De esta forma, la ley está en plena vigencia. La dirigencia festejó la situación y reclamó que las comunas terminen de sumarse a la norma legal.

En una acordada de mayoría publicada ayer, la Corte Suprema de la provincia de Buenos Aires resolvió “hacer lugar parcialmente” a la cautelar presentada por la Fesimubo, suspendiendo más de 20 artículos. La federación pedía que se anule en su totalidad. En su fallo, al que tuvo acceso Política del Sur, el máximo tribunal bonaerense consideró “verosímil” el planteo del gremio de municipales, que sostiene que la reglamentación excede la potestad del Ejecutivo, por cuanto modifica el espíritu de la ley aprobada por la Legislatura.

En sus consideraciones, los jueces indicaron que “los preceptos legales alcanzados por el decreto objetado refieren a componentes propios del poder normativo municipal, o bien, el cometido de las negociaciones colectivas”. Además, señalaron que la disposición “exhibe prima facie una inviabilidad constitucional que las priva de la presunción de validez”, toda vez que exhibe un “exceso reglamentario” que “puede condicionar o afectar de modo no autorizado el poder de negociación colectiva de las entidades gremiales”.

El decreto de 2016 le concedió un nuevo plazo de 90 días más para adherir a los convenios colectivos de trabajo a los intendentes que se encuentran en plena negociación, plazo que nunca se cumplió, ya que varios distritos están todavía fuera de la nueva ley. Ahora, el máximo tribunal deberá fallar sobre el fondo de la cuestión: la constitucionalidad de todo el decreto firmado por Vidal.

“La ley es totalmente constitucional, nos da la razón en contra del decreto reglamentario de la Gobernadora”, ratificó García en una entrevista con el programa radial Política del Sur. “Hemos ido a la Suprema Corte de la provincia de Buenos Aires, ratificamos la constitucionalidad de la ley”, agregó.

Desde Fesimubo esperan que el gobierno provincial los convoque a dialogar, para generar la reglamentación final de la ley, que incluye la creación de un consejo provincial que analice el salario de los municipales y un Convenio Colectivo de Trabajo para cada municipio.

 

 

 

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