WHATSAPP: 2932 515397

POLÍTICA | NOTICIA FECHA: 19/07/2018
Tras la aprobación de una nueva ordenanza promovida por el DE

Amplían competencias y ámbito para la OMIC

En pocos días más el Departamento Ejecutivo habrá de sancionar la ordenanza aprobada por el Concejo Deliberante que establece un mayor rango competencia y ámbito para la actuación de la Oficina Municipal de Información al Consumidor, estableciendo de esta manera un importante empoderamiento de derechos hacia los usuarios y consumidores de bienes y servicios.

"En el año 2014 con el actual intendente Mariano Uset, siendo concejales, presentamos un proyecto de Ordenanza para otorgarle mayores facultades a la OMIC local a fin de proteger efectivamente los derechos de los consumidores".

"Sucedía que al momento de sancionar a las grandes empresas que vulneran los derechos de los consumidores, nuestra OMIC no tenía potestades, sino que simplemente y con recursos escasos podría prestar asesoramiento, evacuar consultas de los consumidores y recibir denuncias", expresó en diálogo con Radio Rosales, la ex edil y actual secretaria de Gobierno, Abigaíl Gómez.

Esta decisión política propiciada por la actual administración municipal establece de esta manera el cumplimiento de la Ley Provincial nº13.133 y la Ley Nacional nº 24.240

"Sucedía que al momento de fijar y celebrar conciliaciones entre el denunciante y la empresa denunciada, ésta última para el caso de no cumplir, no existía una sanción que se le pudiera impartir. O asimismo, para el caso de que no se llegase a un acuerdo, tampoco existía sanción a nivel local".

"Hoy, con la nueva ordenanza, los acuerdos conciliatorios que se celebren, se elevarán al Juzgado de Faltas Municipal de Coronel Rosales para que se expida sobre su homologación, en los casos en que no exista conciliación, se dictará el auto de imputación correspondiente y una vez contestado el traslado de la imputación o vencido el plazo para hacerlo elevar las actuaciones al Juzgado Municipal conforme Art. 47, 3er. Párrafo de la Ley nº 13.133" indicó Gómez quien de manera personal impulsó la ordenanza.

El nuevo marco legal, se fija la posibilidad de la empresa de fijar un domicilio electrónico para evitar mayores gastos de notificación a la Comuna.

"Hoy nos encontramos trabajando para que los empleados que cumplen funciones en dicha oficina tengan las herramientas para brindar información, orientación y educación al consumidor, efectuar controles sobre productos y servicios. Se colabora con el gobierno municipal en la difusión de las campañas de educación y orientación al consumidor y se Impulsa y participa activamente en campañas de información, difusión y educación para el consumo".

"En un futuro, controlar a través del cuerpo de inspectores de la Municipalidad de Coronel Rosales el cumplimiento de la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor, y la ley 22.802 de Defensa de la competencia, y constatar eventuales infracciones a las mismas", concluyó.

Nuevo procedimiento empodera derechos

El procedimiento actual al momento de realizar una denuncia ante la OMIC local será: recepcionada la denuncia en la O.M.I.C., deberá abrir la instancia conciliatoria, a cuyos fines deberá designar fecha de audiencia de conciliación y notificar la misma por medio fehaciente. En su primera presentación las partes constituirán además un domicilio electrónico agilizando el curso de las notificaciones.

Con la comparecencia de las partes convocadas al efecto celebrará la audiencia de conciliación, y labrará acta. En caso de haber acuerdo será elevado al Juzgado de Faltas para su homologación.-

Si no hubiere acuerdo en la audiencia de conciliación, o notificada de la audiencia el denunciado no compareciere sin causa justificada, se deberá dictar el auto de imputación pertinente, el que contendrá una relación sucinta de los hechos y la determinación de la norma legal infringida.

Deberá notificar el auto de imputación dictado al infractor, y efectuado por este el descargo pertinente en el término de cinco (5) días hábiles e improrrogables por escrito y ofreciendo las pruebas que hagan a su derecho, en este estado se elevarán las actuaciones al Juzgado de Faltas de La Municipalidad de Coronel Rosales, quien será el encargado de la etapa sancionatoria y resolverá la sanción aplicable en caso de corresponder.-

Serán atribuciones del Juzgado de Faltas de Coronel Rosales:

Homologar, cuando así corresponda, los acuerdos conciliatorios celebrados ante la O.M.I.C.-
Producir la prueba ofrecida por el presunto infractor siempre que existieren hechos controvertidos y que no resulte manifiestamente inconducente.-
De oficio o a petición de la O.M.I.C., ejercer las funciones y atribuciones establecidas por el Art.71º de la Ley 13.133.-
Resolver en cada caso sobre la procedencia de la aplicación de sanciones conforme lo establecido en el Artículo 73º y concordantes de la Ley 13.133.
Dictar todas las resoluciones y adoptar todas las medidas que sean necesarias a los efectos del mejor cumplimiento de sus funciones.
Requerir la colaboración, asesoramiento o intervención de los Departamento municipales y/o de cualquier Secretaría o repartición del municipio.

Los destinos de las multas que se impartan a las empresas serán destinadas el cuarenta por ciento (40%) a solventar los gastos que demanden el cumplimiento de la ley de defensa al Consumidor y el sesenta por ciento (60%) restante ingresará a las arcas generales del municipio.

 

 

?>

© 2006 - 2024 DESARROLLADO POR DATTAWEB24.COM.AR - PUNTA ALTA
SE PERMITE LA UTILIZACIÓN TOTAL O PARCIAL DE LOS ARTÍCULOS SÓLO CITANDO LA FUENTE
EMAIL: elrosalenio@elrosalenio.com.ar