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Desde la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) informamos que la Secretaría de Emprendedores y Pymes del Ministerio de Producción, a través de la Resolución 215/2018 publicada en el Boletín Oficial, estableció modificaciones a la nueva clasificación que determina qué empresas se encuadran dentro de la categoría Pyme.
La normativa reconfirma los límites de facturación anual contemplando las especificidades propias de los distintos sectores y la evolución reciente de los mismos, generando de esta forma las únicas categorías válidas para ser considerado Pyme según actividad.
En tanto, para las empresas que realicen actividades de comisión o consignación, se tomará solo la variable empleo lo cual les permitirá encuadrarse dentro de la categoría que más se ajuste a su tamaño real.
Para ser considerada Pyme, las empresas deben inscribirse vía web en el Registro Pyme: https://www.produccion.gob.ar/pymes. Las empresas que se ubiquen dentro de estos nuevos parámetros, estarán en condiciones de acceder a los beneficios que brinda la Ley Pyme como medidas de alivio en materia administrativa y fiscal, estímulos financieros y acceso a mejores créditos y fomento de inversiones.
Para acceder a la Resolución 215/2018, haga clic aquí.